De acuerdo con el artículo 1.1.de la Ley de Extranjería, "se consideran extranjeros, a los efectos de la aplicación de la presente ley, a los que carezcan de la nacionalidad española". La Ley de extranjería es la normativa que regula los derechos, obligaciones y libertades de las personas extranjeras en España, como su integración social. La Ley de Extranjería añade que “como criterio interpretativo general, se comprenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que les reconoce esta Ley en igualdad de condiciones con los españoles”
Existen dos Regímenes de Extranjería en España:
Régimen General de Extranjería, regulado por la Ley de Extranjería y el Reglamento que la desarrolla.
Régimen Comunitario de Extranjería, regulado por los Tratados de adhesión de España a la UE, así como por el Derecho Derivado (Reglamentos, Directivas europeas, etcétera).
¿Quién es una persona refugiada?
De pacto con la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Asilados, una persona refugiada es quién "debido a fundados miedos de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u creencias políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o bien, a causa de dichos miedos, no desee acogerse a la protección de su país; o que careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de semejantes sucesos fuera del país donde ya antes tuviese su vivienda habitual, no pueda o bien, a raíz de dichos temores no desee regresar a él"..
La condición de persona asilada se adquiere por resolución del Ministerio del Interior.
¿De qué forma se puede “obtener la residencia legal” en España?
Para residir y trabajar en España es preciso ser titular de una autorización de residencia y/o trabajo, y para conseguirlas hay que reunir los requisitos exigidos, seguir el procedimiento establecido, según los casos, y aportar la documentación precisa.
Los requisitos generales que tiene que reunir el extranjero o extranjera para conseguir una autorización, además de no encontrarse irregularmente en territorio español, son carecer de antecedentes penales, no figurar como rechazable en el espacio Schengen, que haya transcurrido el plazo de compromiso de no regreso en caso de que haya retornado voluntariamente a su país de origen, y el pago de la tasa pertinente.
¿Qué géneros de residencia existen?
Las personas extranjeras en territorio español se pueden hallar en situación de estancia o bien de residencia
- Estancia: es la situación en la que se puede permanecer en España por un tiempo no superior a 90 días. La estancia se pide cuando quieres venir a España por otros motivos distintos de los laborales o bien de residencia (estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o bien servicios de voluntariado, razones médicas, negocios, causas familiares, turismo…).
Es preciso pedir el correspondiente visado frente a las Autoridades diplomáticas o bien consulares españolas en el país de origen salvo que la persona extranjera sea nacional de un país que esté exento de él.
Se podrá solicitar la prórroga de estancia, antes que transcurran los noventa días iniciales, cuando la persona extranjera no tenga exigencia de visado si existen razones de carácter excepcional para continuar en España.
- Residencia temporal: es la situación por la que se autoriza a permanecer y residir en España, de forma no permanente, por un periodo superior a tres meses e inferior a cinco años. La autorización inicial de residencia temporal tiene valía de 1 año que será renovable si se cumplen los requisitos exigidos. Existen distintos géneros de vivienda temporal y ciertos autorizan a trabajar.
Entre las primordiales autorizaciones de residencia temporal se encuentran: residencia temporal y trabajo, autorización de residencia por circunstancias inusuales, por reagrupación familiar y vivienda temporal no rentable (sin ejercer actividades laborales).
La autorización inicial de residencia temporal y trabajo se concede para un año y está limitada para un ámbito y un ámbito geográfico específicos. Las renovaciones se dan por dos años y no tienen restricción para trabajar; se va a poder hacer en todo el territorio nacional y en cualquier ocupación. Las renovaciones se deben solicitar durante los 60 días naturales anteriores a que concluya la vigencia de la autorización anterior, y en los noventa días naturales posteriores a esa fecha.
La renovación de las autorizaciones de vivienda temporales no rentables o por reagrupación familiar están sostienes a los medios económicos propios y medios de vida del familiar del que depende el titular de la autorización, respectivamente.
Para renovar la autorización de vivienda temporal y trabajo por cuenta propia se valorará la continuidad de la actividad y estar al corriente de pagos en Seguridad Social y Hacienda.
El resto de autorizaciones de residencia temporal se renuevan conforme requisitos concretos para cada género de autorización. abogados para inmigrantes
- Vivienda de larga duración es la situación en la que se puede permanecer y radicar en España por un periodo indefinido y trabajar en exactamente las mismas condiciones que los ciudadanos y ciudadanas españolas.
Para poder acceder a la residencia de larga duración hay de acreditar haber residido legalmente y de forma continuada en el territorio de España a lo largo de cinco años y sin que haya existido en ese período de tiempo ausencias del territorio de España superiores a 10 meses. Hay otros supuestos en los que se puede pedir la residencia de larga duración.
La Tarjeta de Identidad de Extranjero que acredite la vivienda de larga duración se concede para cinco años y habrá que renovarla cuando se caduque. Este trámite es muy sencillo pues solo hay que asistir a las Oficinas de Extranjería pertinentes para poner huellas y pagar la tasa oportuna.
Para cualquier renovación es indispensable no haber superado los periodos máximos de salida de España estipulados por la legislación.
¿En quécircunstancias excepcionales puede una persona extranjera, que vive y trabaja en España y no tiene autorización de vivienda y trabajo, pedir una Autorización de residencia temporal?
- ARRAIGO LABORAL: acreditando permanencia continuada en España a lo largo de un mínimo de un par de años, carecer de antecedentes penales y demostrar una o bien múltiples relaciones laborales por una duración mínima de 6 meses o bien más, a través de sentencia judicial o bien acta de la inspección de trabajo.
- ARRAIGO SOCIAL: acreditando permanencia en España durante tres años como mínimo, contar con un contrato de trabajo de duración no inferior a un año o bien proyecto de establecimiento o actividad a realizar por cuenta propia -con indicación de la inversión prevista, la rentabilidad esperada y puestos de trabajo que se prevea crear-, tener vínculos familiares con residentes legales oespañoles –ascendientes, cónyuge y descendientes o bien, informe de inserción social emitido por la Comunidad Autónoma y carecer de antecedentes penales.
- ARRAIGO FAMILIAR: acreditando probar ser hijo de padre o madre que originariamente fuesen españoles o bien ser padre o bien madre de un menor de nacionalidad española y carecer de antecedentes penales. Para este supuesto, no se necesita acreditar tiempo de permanencia en España.
En todos y cada uno de los casos precedentes, se otorgará una autorización de residencia por circunstancias excepcionales con derecho a trabajar durante un año.
¿De qué manera se puede obtener una autorización de vivienda y trabajo por cuenta extraña en régimen general?
Si se desea residir en España efectuando una actividad laboral es preciso conseguir una autorización de residencia y/o trabajo.
Si se desea trabajar por cuenta ajena la autorización de trabajo y residencia inicial:
a) Debe ser solicitada personalmente por el empleador/a y en el caso de empresas, por su representante legal, en la Oficina de Extranjeros pertinente a la provincia donde tenga su domicilio el trabajador/a o bien, donde se vaya a efectuar la actividad laboral.
b) El trabajador/a no podrá estar en España en situación irregular en el momento de la solicitud.
c) Se podrá aplicar la situación nacional de empleo.
d) La autorización que se obtenga va a poder limitarse a una ocupación y ámbito geográfico específico.
e) Su validez va a ser de 1 año y podrá ser renovada si se cumplen los requisitos demandados.
Supuestos específicos en que no se aplica la situación nacional de empleo:
a) Los familiares reagrupados en edad laboral, o bien el cónyuge o bien hijo/a de extranjero/a residente en España con una autorización renovada, así como al hijo/a de español/a nacionalizado/a o de ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Espacio Económico Europeo, siempre y cuando estos últimos lleven, por lo menos, un año radicando legalmente en España y al hijo/a no le sea de aplicación el régimen comunitario.
b) Los/as titulares de una autorización anterior de trabajo que pretendan su renovación.
c) Los/as trabajadores precisos para el montaje por renovación de una instalación o equipos productivos.
d) Los/as que hubiesen gozado de la condición de refugiados/as, a lo largo del año siguiente a la cesación de la aplicación de la Convención de Ginebra de 28 de julio de mil novecientos cincuenta y uno, sobre el Estatuto de los Asilados, por los motivos recogidos en el presunto cinco de la sección C de su artículo 1.
e) Los/as que hubiesen sido reconocidos como apátridas y los/as que hubiesen perdido la condición de apátridas el año siguiente a la terminación de dicho estatuto.
f) Los/as extranjeros/as que tengan a su cargo ascendentes o descendientes de nacionalidad española.
g) Los/as extranjeros/as nacidos y residentes en España.
h) Los/as hijos/as o bien nietos/as de de España de origen.
i) Los/as menores extranjeros/as en edad laboral con autorización de vivienda que sean tutelados por la entidad de protección de menores competente, para aquellas actividades que, a criterio de la mentada entidad, favorezcan su integración social, y una vez acreditada la imposibilidad de retorno con su familia o bien al país de origen.
j) Los/as extranjeros/as que obtengan la autorización de residencia por circunstancias inusuales en los presuntos que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, cuando se trate de víctimas de violencia de género o de trata de seres humanos.
k) Los/as extranjeros/as que hayan sido titulares de autorizaciones de trabajo para actividades de temporada, durante un par de años naturales, y hayan retornado a su país.
l) Los/as extranjeros/as que hayan renunciado a su autorización de vivienda y trabajo en virtud de un programa de retorno voluntario.
¿En qué momento se debe renovar la Autorización de residencia y trabajo?
Tanto la autorización de residencia y trabajo como la autorización de vivienda, se debe renovar en los 60 días naturales precedentes a la data de su caducidad. También se puede hacer a lo largo de los 90 días naturales siguientes a la fecha de su expiración, en un caso así se incurre en infracción y posible sanción.
¿Qué requisitos hay que cumplir para poder renovar la autorización de vivienda y trabajo?
Cualquiera de los siguientes:
1.- La continuidad en la relación laboral que dio lugar a la concesión de la autorización cuya renovación se pretende renovar.
2.- Una actividad laboral durante un mínimo de 6 meses por año y haber firmado un contrato de trabajo (con alta en Seguridad Social en el instante de la petición), o bien disponer de una nueva oferta de trabajo.
3.- Una actividad laboral de al menos tres meses por año y acreditar que la relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas ajenas a la voluntad del trabajador/a, que se haya buscado activamente empleo y que se disponga, en el momento de la renovación, de un contrato de trabajo.
4.-Que se sea beneficiario/a de una prestación contributiva o asistencial de carácter público.
5.- Una actividad laboral cuando menos de nueve meses en un periodo de un doce o bien 18 meses en un periodo de veinticuatro, siempre que la última relación laboral se hubiera interrumpido por causas extrañas a la voluntad del trabajador/a (despido o bien finalización de contrato) y que se haya buscado activamente empleo (inscripción como demandante de empleo en INEM)
6.- Asimismo se procederá a la renovación de residencia y trabajo, si el cónyuge cumple con los requisitos económicos para la reagrupación familiar.
¿Dónde se pide la petición para renovar la autorización de vivienda y trabajo?
La petición de la renovación se pide a través de cita anterior en la página www.mpt.gob.es, en cualquier registro público.o a través de correo administrativo en cualquier oficina de correos,y dirigido a la Oficina de Extranjería pertinente a la provincia en la que resida el trabajador/a.
¿Exactamente en qué situaciones se otorga la Autorización de Residencia de larga duración?
La autorización de vivienda de larga duración, autoriza a trabajar tanto por cuenta extraña como por cuenta propia y se entrega si:
1. Se ha residido legalmente de forma continuada en territorio de España durante cinco años, por lo menos.
2. Si se es residente y beneficiario/a de una pensión contributiva
3. Si se es residente y beneficiario/a de una pensión de jubilación contributiva de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez
4. Si se ha nacido en España y al llegar a la mayoría de edad y se acredita haber residido en España durante los 3 años sucesivos precedentes a la petición.
5. Si se fue español de origen y se perdió la nacionalidad de España.
6. Si al llegar a la mayoría de edad, se ha estado bajo la tutela de una entidad pública española de forma consecutiva durante los cinco años inmediatamente anteriores a la petición.
7. Si se acredita ser apátrida o bien refugiado
8. Si se ha contribuido de forma concida al progreso económico, científico o cultural de España o bien la proyección de España en el exterior.
¿Qué es la Tarjeta de Identificación de Extranjero/a (TIE)?
Es el documento que acredita la situación legal del extranjero/a en España.
Se podrá pedir tarjeta de identidad de extranjero/a si:
Se ha expedido un visado o bien una autorización para continuar en España por un período superior a 6 meses.
Se ha modificado o perturbado la situación legal del titular de la tarjeta de identidad o bien su situación laboral, incluyendo la renovación de la autorización.
La tarjeta de identidad de la que disponían ha sido robada, extraviada, destruida o inutilizada.
Persona legitimada para presentar la solicitud: la persona extranjera personalmente.
Lugar de presentación: en la Oficina de Extranjería o bien en la Comisaría de Policía de la provincia donde se haya gestionado la autorización por la que se reconoce el derecho o se le autoriza a continuar en España.
Plazo de presentación: un mes desde la entrada en España o desde el instante en que la autorización sea concedida o bien, en su caso, desde el instante en que se produjo el hurto, el extravío, la destrucción o bien la inutilización de la tarjeta.
Tasas por expedición de la tarjeta de identidad: la cuantía de la tasa depende de la autorización que documenta la tarjeta. abogado extranjeria online Pueden ser:
Modelo doce “Tarjeta que documenta la primera concesión de la autorización de vivienda temporal, de estancia o de trabajadores.….………………….……15,45 euros
Modelo doce “Tarjeta que documenta la renovación o bien prórroga de la autorización de vivienda temporal, prórroga de estancia o bien de trabajadores transfronterizos”.18,54 euros
Modelo 012 “Tarjeta que documenta la autorización de vivienda y trabajo por circunstancias excepcionales”….………………………….………..….…..…15,45 euros
Modelo doce “Tarjeta que documenta la autorización de vivienda de larga duración o residencia de larga duración-UE…………….......………….21,02 euros
La tarjeta de identidad va a tener idéntico periodo de vigencia que la autorización o el reconocimiento del derecho que justifique su expedición, y perderá su validez cuando se produzca la de la citada autorización.
Para dar la tarjeta de identidad de extranjero el interesado/a va a deber acreditar ser el destinatario/a del documento y haber efectuado el pago de las tasas establecidas.
Están exceptuados de la obligación de solicitar tarjeta de identidad de extranjero los titulares de una autorización de residencia y trabajo de temporada.
¿Qué es el NIE?
Es el Número de Identidad de una persona Extranjera yaparece en la Tarjeta de Identificación de Extranjero/a (TIE). Está compuesto por una letra inicial, 7 dígitos y una letra final.
Se trata de un número personal, único y exclusivo.
Si se reside regularmente en España ¿cuánto tiempo se puede estar fuera del país?
Los periodos de estancia fuera de España van a depender del género de autorización que se tenga.
Autorizaciones temporales: se puede ausentar hasta un máximo de seis meses continuados en un año, toda vez que la suma de estas ausencias no supere los diez meses a lo largo de los 5 años de residencia legal hasta conseguir la Autorización de Residencia de Larga Duración.
Autorización de vivienda de larga duración: esta autorización se extinguirá cuando se genere la ausencia del territorio de la UE por un máximo de doce meses consecutivos.
Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano/a de la Unión Europea: la vigencia de esta tarjeta caducará por las ausencias superiores a seis meses en un año.
Tarjeta de vivienda permanente de familiar de ciudadano/a de la UE: las ausencias no van a poder ser superiores a un par de años sucesivos.
¿Qué es el empadronamiento?
Es la inscripción en el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio De esta forma, toda persona que viva en España, así sea de España o extranjera, debe registrarse en tal registro.
Empadronarse es un derecho y una obligación que, a su vez, te permite el acceso a otros derechos.
¿Quién puede censarse?
Pueden censarse tanto personas españolas como extranjeras, independientemente de que tengan autorización de residencia. Para empadronarse es preciso acreditar dónde se vive. Esto se puede hacer mediante un contrato de alquiler o bien una factura de teléfono, por ejemplo. Si se cambia de domicilio es obligatorio darse de alta en el nuevo ayuntamiento.
Este empadronamiento debe renovarse cada 2 años, aunque no se haya cambiado de domicilio. Para ello, se acudirá al Ayuntamiento o Junta Municipal que corresponda y se rellenará un impreso que se facilita por exactamente la misma administración.
El Municipio o Junta Municipal pertinente, puede notificar que es necesario renovar el empadronamiento pues está próxima su caducidad, aunque no es obligatorio hacer esta notificación, con lo que es muy importante estar pendiente cuando se esté a punto de cumplir los dos años.
En caso de no hacer esta renovación en el plazo que marca la ley, se comienza un procedimiento que supondrá la baja en el registro.
La renovación del empadronamiento no debe hacerla el extranjero o extranjera que es residente de larga duración.
¿De qué forma se puede adquirir la nacionalidad española?
Existen dos formas de adquirir la nacionalidad española:
Adquisición originaria. Se genera de forma automática por el hecho de filiación o del nacimiento en España.
Adquisición derivada o bien sobrevenida. Se puede adquirir por adopción, posesión de estado, opción, carta de naturaleza y la forma más frecuente, por vivienda.
Nacionalidad de España por residencia:
Plazo general de 10 años de vivienda legal, continuada e inmediatamente anterior al momento de la petición.
5 años caso de que se sea refugiado/a.
2 años si se es nacional de un país iberoamericano, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardí.
Se precisa solo 1 año de vivienda legal si se da alguno de estos supuestos:
Haber natural de territorio español.
Haber estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución de España durante dos años consecutivos; incluso si continuase esta situación a lo largo de la solicitud.
Llevar un año casado/a con un español/a y no estar separado/a.
Ser viudo/a de un español/a y a la muerte del cónyuge no estar separados.
Haber nacido fuera de España, pero el padre o madre, abuelo o abuela, hubieran sido originariamente españoles/as.
La solicitud de la nacionalidad por residencia debe presentarse ante el Registro Civil de la localidad donde se radique.
¿Para qué familiares se puede solicitar la reagupación familiar?
Se puede pedir la reagrupación familiar para los próximos familiares:
El cónyuge o persona con la que el extranjero o bien extranjera que reagrupa sostenga una relación de afectividad análoga a la conyugal.
Los hijos de la persona reagrupante y del cónyuge o bien pareja, incluyendo los adoptados/as (siempre que la adopción produzca efectos en España), menores de dieciocho años o discapacitados/as. Si es hijo/a de uno de los cónyuges o miembros de la pareja, éste/a deberá ejercer a solas la patria potestad o bien se le debe haber concedido la custodia y estar ciertamente a su cargo.
Los/as menores a quienes representen legalmente (o mayores de 18 si tienen una discapacidad), si así están reconocidos por los organismos de los países de origen.
Los progenitores propios (ascendentes en primer grado), o los del cónyuge o pareja de hecho, siempre y cuando sean mayores de 65 años, estén a cargo y existan razones que justifiquen su residencia en España, y si el/la reagrupante es residente de larga duración.
El procedimiento de reagrupación familiar lo empieza el/la reagrupante desde España y va a poder hacerlo siempre y cuando tenga un año de vivienda legal y haya solicitado la renovación de la autorización para residir al menos otro año. Entre los requisitos esenciales para llevar a cabo la reagrupación familiar se exige contar con una vivienda adecuada y con medios de tipo económico suficientes que van a deber suponer el 150 por ciento del IPREM mensual para reagrupar a un familiar, sumando el 50 por cien del IPREM más por cada miembro adicional.
Un familiar de un ciudadano/a de la Unión Europea que desee radicar en España más de tres meses, ¿qué gestiones debe realizar? abogado especialista en migración
Los familiares de un ciudadano/a de un Estado miembro de la Unión Europea, de otro Estado parte en el Pacto sobre el Espacio Económico Europeo o bien Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de tales Estados, cuando se reúnan con él o bien le acompañen y vayan a radicar en España por un periodo superior a tres meses, van a deber pedir y conseguir una tarjeta de familiar de ciudadano/a de la Unión.
ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA Y ESTADOS PARTE EN EL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO
Alemania
Austria
Bélgica
Bulgaria
Chipre
Dinamarca
Eslovaquia
Eslovenia
España
Estonia
Finlandia
Francia
Grecia
Hungría
Irlanda
Islandia *
Italia
Letonia
Liechtenstein*
Lituania
Luxemburgo
Malta
Noruega*
Países Bajos
Polonia
Portugal
Reino Unido
R. Checa
Rumanía
Suecia
*Espacio Económico Europeo (EEE)
¿Qué es un informe de vida laboral?
El informe de vida laboral es el documento oficial en el que se recogen cronológicamente todos y cada uno de los periodos en que ha estado cotizando en el sistema de la Seguridad Social, así sea como asalariado/a (trabajador/a por cuenta ajena) o bien como autónomo/a (trabajo por cuenta propia).
Se puede solicitar a la Seguridad Social en el sitio web de la Seguridad Social www.seg-social.es.
¿Una persona inmigrante puede inscribirse a un sindicato?
El Acuerdo n.º ochenta y siete de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), relativo a la libertad sindical y al derecho de afiliarse, establece que todos/as los trabajadores/as, sin distinción ninguna y sin autorización anterior tienen derecho a afiliarse a las organizaciones sindicales que consideren oportuno, sin que sea preciso informar al empresario/a que se está afiliado/a..
Es esencial saber que en España el derecho a inscribirse a un sindicato escogido por cada persona es un derecho individual recogido en la Constitución de España como en el Estatuto de los Trabajadores, y que la libertad sindical es un derecho que tiene una protección especial.